¿Piensas abortar? ¿Has abortado, buscas ayuda?
| Respuesta de un Sacerdote Doctor en Derecho Canónico a las "Católicas" por el Derecho a Decidir |
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| Escrito por El Universal. Léelo en 10 minutos. | |
| Martes 15 de Junio de 2010 16:43 | |
Un grupo de personas aseguran que interrumpir el embarazo por edad, en legítima defensa o por ignorancia no es pecado, lo cual es contrario a lo que predica la Iglesia.El Código de Derecho Canónico, que es la máxima ley que rige a la iglesia católica, estipula casos particulares en los que no condena la práctica del aborto; es decir, establece excluyentes para su condena. Por eso es que las organizaciones "Católicas por el Derecho a decidir" y la "Red Nacional Católica de Jóvenes por el Derecho a Decidir" iniciaron una campaña en 9 entidades del país, con la finalidad de dar a conocer la visión de la jerarquía católica en torno al aborto. Habría que resaltar que aunque se llamen católicos “pro choise”, no son católicos pues no obedecen lo que señala el Magisterio de la Iglesia Católica en estos temas. Además hablar de “otra mirada católica del aborto” dirigida a mujeres católicas es una falacia indignante. Los católicos sólo tenemos una mirada, la que indica el Magisterio de la Iglesia. El Derecho Canónico considera no condenable el aborto cuando una mujer es menor de 16 años, cuando lo hizo por necesidad para evitar un mal mayor, si actuó en legítima defensa, o cuando ignoraba que infringía una ley. También se considera dentro de esta salvedad cuando se actuó por violencia o de manera accidental, si actuó presionada por miedo y cuando la mujer carecía de razón o sufría alguna deficiencia mental. El canon 1323 es casi tomado a la letra por estos señores. Claro, manipulándolo según sus objetivos. Por tanto, habría que distinguir claramente entre Moral (Ley Moral, contenida fundamentalmente en los Diez mandamientos) que mira a la Conciencia Moral de las personas y Derecho (El Derecho Canónico, p.ej.) que juzga de hechos externos visibles y comprobables. En conferencia a la prensa, Guillermo Hernández González explicó que el objetivo es informar a las mujeres católicas que a nivel moral hay excluyentes que le permiten tomar la decisión de abortar en autonomía y libertad de conciencia, "lo que ayuda a reafirmar su autoridad moral y poder trabajar con la culpa que se asocia con las cuestiones de aborto". Luego, habría que aclarar que la Ley suprema de la Iglesia (“máxima ley que rige la Iglesia”) no es el Derecho Canónico, sino la Ley de Dios (Ley Eterna) participada en los hombres en la llamada Ley natural (el orden querido por Dios en la naturaleza) que se complementa con las leyes humanas, tanto civiles (siempre y cuando estén de acuerdo a la ley natural) como eclesiásticas (El Derecho Canónico, las leyes litúrgicas, etc.) La campaña, denominada "Otra mirada católica del aborto", inició este lunes en los estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Oaxaca y Querétaro, y en ella también participan activistas de otras 100 asociaciones civiles. Además de informar a las mujeres católicas que a nivel moral hay excluyentes que le permiten tomar la decisión de abortar en autonomía y libertad de conciencia, "Otra mirada católica del aborto" pretende abrir el diálogo con la sociedad respecto a los temas de derechos sexuales y reproductivos. En el caso concreto se pretende hacer un traspaso de una ley penal (sanción penal; ley humana al fin y al cabo) a una cuestión de conciencia (moral-interna) que debe ser valorada desde el punto de vista de la ley moral natural. Está muy claro que el “no matarás” del quinto mandamiento, siempre se considera un pecado (transgresión de la ley divina) si se hace con plena advertencia y pleno consentimiento. Por tanto, la Iglesia no podrá nunca “optar” por otra apreciación más benévola. Derivado de estas acciones se pretende incidir en políticas públicas "y dar cuenta de cómo las propuestas y los retrocesos que se han tenido en materia de aborto en 17 estados, se sustentan en bases morales que ni siquiera tienen la argumentación completa". Las personas que cometen un pecado como el aborto procurado (matar a un indefenso inocente) están cometiendo un pecado grave (un homicidio cualificado) que el Derecho Canónico sanciona con una pena, la más grave que impone: la excomunión “latae sententiae”. Miremos el canon 1398: Can. 1398 Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae. Si examinamos bien la cuestión, la Iglesia admite los atenuantes de los cánones 1323 y 1324 para las penas eclesiásticas contempladas en el Derecho para los distintos delitos que se cometen (entre ellos el aborto procurado). Como es lógico, no hace referencia para nada al fuero de la Conciencia que es donde se da el pecado, pues el Derecho contempla sólo los actos externos que se realizan y que están tipificados como delitos. Así pues, si una persona va a confesar un aborto, se le debe absolver primero de la pena eclesiástica prevista en el Derecho (excomunión latae sententiae en el caso del aborto; es decir, por la misma acción realizada) si hubiera incurrido en ella, tomando en cuenta los atenuantes y eximentes considerados en el mismo Derecho. Una vez reintegrada a la Iglesia esa persona (absuelta la pena, si se contrajo, que lleva aneja ordinariamente una satisfacción) podrá también ser luego absuelta de su pecado (Cuestión moral de conciencia) imponiéndole la pena adecuada y, siempre y cuando haya un verdadero arrepentimiento que incluye el propósito de enmienda. Luego, pues, no se pueden hacer válidos los argumentos que dan estas “católicas” ‘pro choise’ puesto que en su maliciosa ignorancia aprovechan para confundir a las personas sencillas que no conocen el Derecho de la Iglesia ni tienen una formación moral suficiente. La distinción entre moral y Derecho es aquí fundamental, por eso, a mi entender, son muy cuidadosos de no citar los cánones concretos del Derecho de la Iglesia, sino manipular este instrumento de gobierno eclesiástico citándolo en general. El objetivo de esta campaña, citado por el Sr Hernández (¿?) “el objetivo es informar a las mujeres católicas que a nivel moral hay excluyentes que le permiten tomar la decisión de abortar en autonomía y libertad de conciencia, "lo que ayuda a reafirmar su autoridad moral y poder trabajar con (¿¡) [sin] la culpa que se asocia con las cuestiones de aborto", está mal planteado y resulta un engaño: A NIVEL MORAL NO HAY NINGÚN EXCLUYENTE SOBRE EL TEMA PORQUE, A NIVEL MORAL SIGUE FIRME EL MANDATO DE DIOS: “NO MATARÁS” como lo expresó el Papa Juan Pablo II en su encíclica sobre El Evangelio de la Vida: Después de citar la Tradición de la Iglesia desde los primeros siglos hasta nuestros días, dice: “(…) con la autoridad que Cristo confirió a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con todos los Obispos que en varias ocasiones han condenado el aborto y que en la consulta citada anteriormente, aunque dispersos por el mundo, han concordado unánimemente sobre esta doctrina, declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal. Por tanto, habría que distinguir claramente entre Moral (Ley Moral, contenida fundamentalmente en los Diez mandamientos) que mira a la Conciencia Moral de las personas y Derecho (El Derecho Canónico, p.ej.) que juzga de hechos externos visibles y comprobables. Ninguna circunstancia, ninguna finalidad, ninguna ley del mundo podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, por ser contrario a la Ley de Dios, escrita en el corazón de cada hombre, reconocible por la misma razón, y proclamada por la Iglesia. ( Juan Pablo II, CE Evangelium Vitae 25, III.1995). |
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| Ultima actualización ( Martes 15 de Junio de 2010 17:02 ) |